{"id":150158,"date":"2023-07-12T00:00:30","date_gmt":"2023-07-12T00:00:30","guid":{"rendered":"https:\/\/www.portalminero.com\/wp\/codelco-cumple-fallo-ordenado-por-la-corte-suprema-en-caso-consorcio-belaz-movitec\/"},"modified":"2023-07-12T17:25:33","modified_gmt":"2023-07-12T17:25:33","slug":"codelco-cumple-fallo-ordenado-por-la-corte-suprema-en-caso-consorcio-belaz-movitec","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/200.6.115.193\/wp\/codelco-cumple-fallo-ordenado-por-la-corte-suprema-en-caso-consorcio-belaz-movitec\/","title":{"rendered":"Codelco cumple fallo ordenado por la Corte Suprema en caso Consorcio Belaz Movitec"},"content":{"rendered":"<h6><em>Chile<\/em><\/h6>\n<p><b>La cupr\u00edfera le inform\u00f3 a CBM, a trav\u00e9s de dos cartas que tambi\u00e9n deriv\u00f3 a los tribunales, que los equipos est\u00e1n disponibles para ser retirados y que se le transfirieron m\u00e1s de $ 6.900 millones, esto es, el saldo de los fondos retenidos por la Corporaci\u00f3n, tras hacerse cargo del finiquito de los trabajadores del consorcio y de otros pagos.<\/b><\/p>\n<p><img decoding=\"async\" class=\"imagen-noticia\" src=\"data:image\/gif;base64,R0lGODlhAQABAIAAAAAAAP\/\/\/yH5BAEAAAAALAAAAAABAAEAAAIBRAA7\" data-src=\"http:\/\/pm.portalminero.com\/images\/noticias\/64ae9c4c5e799.jpg\" alt=\"Codelco cumple fallo ordenado por la Corte Suprema en caso Consorcio Belaz Movitec\" \/><noscript><img decoding=\"async\" class=\"imagen-noticia\" src=\"http:\/\/pm.portalminero.com\/images\/noticias\/64ae9c4c5e799.jpg\" alt=\"Codelco cumple fallo ordenado por la Corte Suprema en caso Consorcio Belaz Movitec\" \/><\/noscript><\/p>\n<div class=\"texto_prensa\" align=\"justify\">\n<p><strong>mi\u00e9rcoles 12 de julio del 2023.- <\/strong>En un t\u00e9ngase presente enviado a la Corte de Apelaciones de Copiap\u00f3 y a la Corte Suprema, Codelco inform\u00f3 que cumpli\u00f3 con el fallo emitido por el m\u00e1ximo tribunal la semana pasada, respecto del pago del saldo retenido al Consorcio Belaz Movitec (CBM), as\u00ed como de la restituci\u00f3n inmediata de sus equipos.<\/p>\n<p>Entre los documentos remitidos a los tribunales, la cupr\u00edfera adjunt\u00f3 dos cartas enviadas a CBM en las que le informa que se encuentran a su disposici\u00f3n para ser retirados desde la mina Rajo Inca, en la Divisi\u00f3n Salvador, los equipos, perforadoras, maquinaria pesada y otros bienes de su propiedad e ingresados por el consorcio al lugar en que se ejecutaban las obras.<\/p>\n<p>En la misiva agrega que Codelco facilitar\u00e1 el acceso y las condiciones necesarias para el retiro de dichos bienes, sin necesidad de que se suscriba o entregue instrumento alguno. Cabe recordar que en abril Codelco requiri\u00f3 formalmente a CBM el retiro de sus equipos, con el \u00fanico requisito de cumplir las medidas de seguridad necesarias para ello, lo que consorcio no efectu\u00f3. Codelco no utiliz\u00f3 los equipos que figuran bajo el contrato de CBM (aunque son de propiedad de otras empresas). S\u00ed se reubicaron en un \u00e1rea de estacionamiento por razones operativas y de seguridad.<\/p>\n<p>En la segunda carta, la corporaci\u00f3n inform\u00f3 tambi\u00e9n el cumplimiento de la sentencia que le orden\u00f3 \u201cponer fin inmediato a la retenci\u00f3n de los fondos correspondientes al estado de pago N\u00b0 23\u201d que CBM evalu\u00f3 en una cifra que asciende a los $ 12.110 millones.<\/p>\n<p>Sin embargo, de esa suma se descontaron dos montos. El primero, por $ 375 millones 789 mil, por el embargo ordenado por un tribunal en la causa que Transportes RAV SpA tiene contra CBM; el segundo, por poco m\u00e1s de $4.770 millones, relacionado al pago oportuno de las obligaciones laborales y previsionales a los trabajadores del Consorcio Belaz Movitec, quienes lo recibieron conforme.<\/p>\n<p>Tras ambos descuentos, Codelco le inform\u00f3 a CBM que el saldo a pagar es algo superior a $ 6.964 millones, los que ya se transfirieron a la cuenta corriente del consorcio.<\/p>\n<p><strong>La historia del conflicto<\/strong><\/p>\n<p>El Consorcio Belaz Movitec Spa (CBM) se adjudic\u00f3 la licitaci\u00f3n de las obras de Rajo Inca en marzo de 2021 y, al poco andar, evidenci\u00f3 brechas asociadas a las metas de gesti\u00f3n, produciendo un atraso de 12 meses en la materializaci\u00f3n de las obras y un deterioro en la producci\u00f3n de la Divisi\u00f3n Salvador que se calcula podr\u00eda llegar a un rango de 90 mil a 100 mil toneladas de cobre fino entre 2023 y 2025.<\/p>\n<p>Desde el inicio del contrato la estatal despleg\u00f3 un intensivo plan de apoyo para proporcionar continuidad a la operaci\u00f3n, sin embargo, a pesar de todos los esfuerzos para mejorar el desempe\u00f1o, mitigar los riesgos operacionales y de seguridad, no fue suficiente para cubrir la totalidad de las brechas.<\/p>\n<p>Entre las principales razones para poner t\u00e9rmino anticipado al contrato, adem\u00e1s del atraso en las obras, CBM incumpli\u00f3 reiteradamente las estipulaciones contractuales, as\u00ed como tambi\u00e9n las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia de seguridad. El accidente fatal ocurrido en julio pasado, que cost\u00f3 la vida al trabajador Rub\u00e9n Trigo, constituy\u00f3 el punto de quiebre.<\/p>\n<p><strong>Judicializaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>El viernes 3 de febrero, CBM present\u00f3 un recurso de protecci\u00f3n ante la Corte de Apelaciones de Santiago, alegando la vulneraci\u00f3n de los derechos de propiedad y para desarrollar su actividad econ\u00f3mica, con ocasi\u00f3n del cobro de las boletas de garant\u00eda y del t\u00e9rmino anticipado del contrato. Tambi\u00e9n solicit\u00f3 una orden de no innovar para que la Corporaci\u00f3n se abstuviera de gastar el monto cobrado por la ejecuci\u00f3n de las boletas y no utilizara o movilizara los equipos que CBM manten\u00eda en la Divisi\u00f3n Salvador.<\/p>\n<p>Codelco adujo que la ejecuci\u00f3n de las boletas de garant\u00eda se realiz\u00f3 conforme a los t\u00e9rminos definidos en el contrato, los que son conocidos y fueron aceptados por el consorcio.<\/p>\n<p>La Corte de Apelaciones de Santiago desestim\u00f3 considerar la solicitud, pues las peticiones de CBM exced\u00edan las materias que deb\u00edan ser conocidas \u201cpor el presente recurso atendida su naturaleza cautelar, teniendo presente que se denuncia un conflicto contractual y reclaman derechos que deben ser debatidos y probados en el procedimiento judicial que corresponda, por lo que no ser\u00e1 admitida a tramitaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>CBM insisti\u00f3 con otro recurso de protecci\u00f3n ante la Corte de Apelaciones de Copiap\u00f3, que tambi\u00e9n lo rechaz\u00f3, afirmando que deb\u00eda ventilarse ante el tribunal arbitral que ya se encontraba constituido.<\/p>\n<p>El 28 de junio de 2023, CBM ingres\u00f3 ante la Corte Suprema un recurso de apelaci\u00f3n en contra de ambas sentencias de la Corte de Apelaciones de Copiap\u00f3, que el m\u00e1ximo tribunal acogi\u00f3.<\/p>\n<\/div>\n<hr \/>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p><span class='published'>Chile | 2023-07-12<\/span><\/p>\n<p>La cupr\u00edfera le inform\u00f3 a CBM, a trav\u00e9s de dos cartas que tambi\u00e9n deriv\u00f3 a los tribunales, que los equipos est\u00e1n disponibles para ser retirados y que se le transfirieron m\u00e1s de $ 6.900 millones, esto es, el saldo de los fondos retenidos por la Corporaci\u00f3n, tras hacerse cargo del finiquito de los trabajadores del consorcio y de otros pagos.<\/p>\n","protected":false},"author":26,"featured_media":150159,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[12],"tags":[],"class_list":["post-150158","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/200.6.115.193\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/150158","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/200.6.115.193\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/200.6.115.193\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/200.6.115.193\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/users\/26"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/200.6.115.193\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=150158"}],"version-history":[{"count":2,"href":"http:\/\/200.6.115.193\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/150158\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":150164,"href":"http:\/\/200.6.115.193\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/150158\/revisions\/150164"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/200.6.115.193\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/media\/150159"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/200.6.115.193\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=150158"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/200.6.115.193\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=150158"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/200.6.115.193\/wp\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=150158"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}